altInfinidad de jóvenes se encuentran en una situación de desempleo, otros han optado por unirse a los más de 700.000 emigrantes que ya han abandonado el país, y el resto se ve inmerso en el mundo de los becarios.

 

 

Infinidad de jóvenes se encuentran en una situación de desempleo, otros han optado por unirse a los más de 700.000 emigrantes que ya han abandonado el país, y el resto se ve inmerso en el mundo de los becarios.

 

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La situación laboral es uno de los temas que más preocupa a la población española. La elevada tasa de desempleo y la precariedad laboral se han convertido en una característica distintiva de la marca España.

 

La inserción laboral es uno de los principales objetivos para los jóvenes egresados. Cada año, miles de jóvenes culminan sus estudios universitarios y comienzan su camino en el terreno laboral.

 

Muchos de ellos logran alcanzar su meta, otros tantos optan por abandonar el país, infinidad de ellos engrosan las filas del paro, y el resto se adentra en el mundo de los becarios.

 

Según la encuesta de población activa (EPA) del Instituto Nacional de Estadísticas, publicada el 29 de abril de 2014, el paro ha descendido en 2.300 personas en el primer trimestre del año, y se sitúa en 5.933.300.

 

El último estudio publicado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por su parte, revela que el 48% de los recién titulados ocupa, un año después de acabar la carrera, un puesto de trabajo cuyo requisito es ser universitario, mientras que el 49% de los egresados tiene una base de cotización inferior a los 1.500 euros.

Empleo joven, sin prestaciones ni remuneración

 

Desde que comenzara la crisis, los esfuerzos del Gobierno se han centrado en la creación de puestos de trabajo y en fomentar el empleo joven. Muchas han sido las propuestas, y pocas las prácticas efectivas que han conseguido reducir el número de jóvenes desempleados.

 

Al Real Decreto 1497/81 de Enseñanza general y programas de cooperación educativa, por el que se regulan los convenios entre universidades y empresas para realizar las prácticas laborales de sus alumnos, se unía el Real Decreto 1493/2011, por el que se establecen los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

 

Esta última norma, promovida por el anterior ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, posibilitaba a los becarios cotizar en la Seguridad Social, permitiéndoles tener acceso a prestaciones de jubilación o invalidez en un futuro muy lejano, pero no a las correspondientes por desempleo en un presente muy próximo.

 

La inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social disminuye considerablemente la tasa de desempleo mantenida hasta el momento, pues miles de jóvenes que hasta entonces residían en un limbo legal, pasaban a las filas de ocupación.

 

Junto a estos decretos, la ampliación en las modalidades y tipos de contratos como el que regula el Real Decreto 1543/2011, denominado prácticas no laborales en empresas. Se trata de una nueva modalidad de contrato en prácticas, de una duración de entre 3 y 9 meses, en el que se estipula que la empresa debe ofrecer una beca de apoyo al seleccionado, que debe cumplir una serie de requisitos, como ser menor de 25 años y recién titulado.

 

alt“Este tipo de contratos es una nueva rebaja de condiciones laborales. Los becarios son trabajadores asalariados, como cualquier otro, solo que, por el hecho de carecer de experiencia laboral, teóricamente, se les puede ofrecer condiciones todavía peores”, declara uno de los integrantes de Solidaridad y Unidad de los Trabajadores (SUT), una organización de apoyo a los trabajadores.

 

Además de las nuevas normas y tipos de contratos, la legislación ha dado cabida a infinidad de empresas del sector de la formación online, que ofrecen un extenso catálogo de cursos mediante los cuales, tanto empresas como usuarios, pueden gestionar un convenio de prácticas.

 

Estas empresas, numerosas y variopintas, cuentan con cursos asequibles que, generalmente, no superan los 300 euros, y que ofrecen convenios de prácticas para que “el alumno tenga la oportunidad de desenvolverse en el entorno laboral y pueda poner en práctica los conocimientos adquiridos en el curso.”

 

Estos convenios no están regulados, y las condiciones que firma el becario, como el salario o las labores a desempeñar, están negociadas únicamente entre empresas, es decir, entre la empresa que ofrece el convenio y la empresa que solicita un ‘trabajador’. Esto hace posible que el becario se vea en la situación de desempeñar labores propias de un empleado sin recibir, en numerosos casos, ningún tipo de remuneración.

 

La ley del más fuerte

 

Los últimos decretos y normas que versan sobre los becarios no aluden a sus condiciones de trabajo, y mucho menos a los derechos y deberes que cuentan como trabajadores, y es que la categoría del becario está muy por debajo del asalariado.

 

Entre los becarios y la empresa que los contrata no existe relación laboral. Es decir, el convenio o contrato en vigor no está vinculado a la normal legal, por lo que las vacaciones, el salario, las pagas extras y el finiquito, quedan fuera de su alcance, reservándose únicamente como derechos propios de los trabajadores asalariados.

 

“En los últimos años se han ido legalizando las condiciones de infinidad de becarios, como los becarios de colaboración de universidades, los becarios de empresa o los becarios de investigación. Esta legalización se debe, simplemente, a la necesidad de poner coto legal a la posibilidad de imponer peores condiciones.”, insiste SUT.

 

Del mismo modo, la inexistencia de una relación laboral impide por ley que los becarios puedan desempeñar funciones propias de un trabajador contratado, y mucho menos generar beneficios económicos directos a la empresa. En la mayoría de los casos, estas dos últimas acepciones no se cumplen, y los becarios pasan a realizar las mismas labores que un empleado, llegando a adquirir cargos y ocupar puestos de trabajos en concepto de becarios.

 

“La base legal del becario, según se recoge en los decretos, es la de un joven que accede a una empresa para aprender, para formarse. En ningún caso, ese joven puede generar beneficio a la empresa, pues, de ser así, pasaría a ser, por definición, un trabajador asalariado.

 

La Constitución española recoge que todo ciudadano tiene derecho a un trabajo digno, remunerado y con determinadas condiciones ¿Cómo se consigue entonces rebajar las condiciones de los becarios? Alegando que no son trabajadores. Es la legalización de la fraudulencia.”, apunta SUT.

 

Si, hasta el momento, todas las acciones han intentado abrir las puertas del mundo laboral a los jóvenes, las prácticas fraudulentas de las empresas han convertido estas normas en una nueva vía para obtener mano de obra barata, o gratis, y evitar la contratación.

 

Requisito: ser becario

 

Las numerosas posibilidades de contratación que ofrece la legislación actual han hecho que las empresas centren sus ojos en los becarios. Existen infinidad de ofertas de empleo, de distinta índole y de perfiles diversos, que contemplan entre sus requisitos, además de altos niveles de idiomas y experiencia laboral, la posibilidad de hacer un convenio de prácticas.

 

Esta situación ha llevado a los jóvenes a realizar cursos, postgrados y másteres con el único objetivo de poder acceder al mercado laboral como becarios. Es el caso de María Claramunt, una periodista, licenciada desde hace más de tres años, y estudiante de un curso de Community Manager.

 

“Cuando finalicé mis estudios decidí irme a Viena a probar suerte. Estuve allí durante algo más de un año, aprendiendo el idioma y trabajando desde casa para una empresa. Cuando volví a España, la situación seguía como antes, como siempre.

 

Una amiga me comentó que estaba haciendo un curso, no muy caro, con el que podía hacer prácticas. Todas las ofertas de trabajo que veía requerían la posibilidad de hacer un convenio, así que decidí apuntarme.”, explica María.

 

Estas ofertas de trabajo, además de especificar la necesidad de contar con un convenio de prácticas para poder optar al puesto, describen labores propias de un trabajador asalariado, y ofrecen un sueldo que, en muchas ocasiones, no alcanzan los 200 euros.

 

“En una ocasión fui a una entrevista de trabajo para Community Manager. El trabajo que se describía en la oferta, a jornada completa, era el de un auténtico profesional, nada de asistencia o apoyo al Community Manager. Pero mi sorpresa llegó cuando, una vez que me habían explicado el horario y las funciones a desempeñar, me expusieron el sueldo: 120 euros al mes.”

 

Actualmente, María está trabajando como becaria en una empresa, mediante un convenio de prácticas, a media jornada, ejerciendo labores propias de un asalariado, y cobrando 230 euros al mes.

 

El eterno becario

 

Según los últimos datos proporcionado por CGT, en el año 2013, los contratos de formación y prácticas aumentaron en un 79% con respecto al año anterior. De estos, el 80% no llega a convertirse nunca en contratos laborales. Es el dilema del eterno becario.

 

En numerosas ocasiones, los becarios que disfrutan de un convenio de prácticas ven cómo sus aspiraciones laborales se truncan al finalizar el contrato. Muchos de ellos pasan por infinidad de empresas durante cortos periodos de tiempo, que pueden ser 3, 6 o 9 meses. Otros, sin embargo, continúan su camino en la misma empresa, pero empalmando contratos de becario.

 

“Accedí a mi trabajo actual mediante un contrato no laboral regulado por el SOC de Cataluña. Se trataba de un contrato durante 9 meses, en el que incitaban a la empresa a que me contratara al finalizar.

 

Cuando terminó mi periodo, me ofrecieron la posibilidad de hacer un curso online, pagado por la empresa, para poder hacer un convenio de prácticas durante 6 meses más. La situación laboral, y en especial la de mi profesión, no me dejaron muchas opciones, así que accedí.

 

Una vez más, cuando este nuevo contrato terminó, la respuesta fue la misma: buscar otro curso online que me permitiera hacer otro convenio de prácticas durante otros 6 meses. Llevo en la empresa más de un año y medio, y creo que el contrato laboral nunca llegará.”

 

Es el testimonio de Lucía Rodríguez, psicóloga. Sus labores en la empresa, como en el caso de otros muchos becario, no se limita a asistir a su superior. De hecho, Lucía no tiene superior, sino que es responsable de un departamento, con otras becarias a su cargo, y un sueldo que roza el mínimo estipulado por el Estado Español.

 

Como ella, miles de jóvenes han de enfrentarse diariamente a este tipo de situaciones, con la esperanza de que la situación mejore con el tiempo, y con el temor a que un nuevo tipo de contrato los esclavice para siempre a ser becarios.

 

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