Por medio de la presente, la Asociación de Abogados Ateos (AAA)* se querella contra la Asociación de Abogados Cristianos (AAC) por atentar ésta contra la más preclara de las señas de identidad europea: la Parodia. Simultáneamente, recusa a las instancias judiciales que acepten el pleito que la susodicha AAC quiere levantar contra la artista conocida como Drag Sethlas (DS) so pretexto de la ópera que DS representó durante el Carnaval 2017.

Ilustra Ricardo Jurado.

Para justificar su iniciativa, la AAC esgrime un solo parágrafo de uno de los cientos de artículos que conforman el Código Penal, parágrafo que, por su hediondo arcaísmo y por su incorrecta redacción -ese Código no define ni puede definir qué es “religión”-, los Abogados Ateos entendemos que es anti-constitucional y hasta delictuoso por ser motivo de escándalo en un Estado aconfesional. El mentado parágrafo reza así:

Arto. 525. 1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.

La palabra clave es “escarnio” que se define en los textos jurídicos como “acción con propósito de ofender”. Ahora bien, “no ofende quien quiere sino quien puede” y el Carnaval no quiere ni puede ofender a nadie. Al contrario, Europa ha mantenido la tradición carnavalesca no sólo como una característica fundamental de su identidad tolerante -sufre otras señas menos gratas-, sino también como ocasión propicia para la creatividad y como válvula de escape para la opresión que sufren sus ciudadanos el resto del año. ¿Es imaginable una sociedad -europea u otra- sin Carnaval, sin máscaras y, en general, sin Parodia?

Dicho sea todo ello sin siquiera ir al fondo del asunto que, a nuestro leal saber y entender, consiste en que la provocación de la AAC -risible en Europa- hunde sus raíces en la omnipresencia y cuasi omnipotencia del nacional-catolicismo español. La Iglesia Católica ha mantenido desde 1936 su estatus de Estado dentro del Estado de manera que la vida cotidiana y, por supuesto, las manifestaciones artísticas, han sufrido gravemente su inquisición a golpe de procesos judiciales -antes, a sangre y fuego.

Por nuestra parte, para presentar esta querella, la AAA se inspira en el siguiente parágrafo de ese mismo artículo del Código Penal, parágrafo del que desconocemos si alguna vez ha sido esgrimido en alguna sentencia judicial aunque ocasiones no han faltado, tantas son las ofensas que el neofranquismo perpetra a diario contra los no católicos. Este olvidado parágrafo nº 2, dicta:

Arto. 525. 2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.

La AAA desconoce si DS profesa o no profesa religión alguna. Ni lo sabe ni es constitucional preguntarlo. Por ende, considera in-significante a efectos legales que la fantasía que la puede sentar en el banquillo se titulara ¡Mi cielo yo no hago milagros! que sea lo que Dios quiera. Pero, a los efectos legales que hoy nos ocupan, los Abogados Ateos hemos comprobado que no sólo la AAC sino también sus mentores obispales y la cuadrilla de plumillas orgánicos que les limpia la púrpura han proferido numerosas ofensas contra DS. Por el momento, esta querella se dirige sólo contra la AAC pero estamos estudiando la oportunidad de pleitear contra los susodichos mentores y cuadrillas.

Asimismo, la AAA deplora que el Arte -pulsión o creencia que, evidentemente, profesa DS-, no esté considerado como merecedor de los mismos privilegios que esos indefinidos e indefinibles “sentimientos religiosos”. Dicho sea a propósito de que, en concreto, las drag queen han creado todo un género artístico que, para empezar, es una parodia de los concursos de misses -esos mercados de carne femenina que monopoliza el loco Trump. Y para continuar, es una síntesis rompedora de teatro, ópera, danza, política y circo. Más no se puede pedir, independientemente de que, como ocurre con el Arte en general, unas actuaciones estén más logradas que otras.

Por todo ello, la AAA aprovecha esta querella para solicitar a la UNESCO que el arte “Drag Queen” sea declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad; a efectos administrativos, puede ser etiquetado como una nueva forma de Ópera heredera de la ópera cómica -opera buffa, ballad opera, etc. En este mismo sentido, la AAA solicita a las autoridades españolas que sea declarado Bien de Utilidad Pública, con derecho a percibir las consiguientes subvenciones y canonjías fiscales.

Nota:

*-Asociación de Abogados Ateos AAA, (no confundir con la infame Triple A argentina)

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