#HUELGAno es delito es la campaña que encabezan CCOO y UGT para derogar un artículo del Código Penal que, denuncian, está siendo usado por los Tribunales para criminalizar la acción sindical y vulnerar el derecho fundamental de los trabajadores a la protesta.
#HUELGAno es delito es la campaña que encabezan CCOO y UGT para derogar un artículo del Código Penal que, denuncian, está siendo usado por los Tribunales para criminalizar la acción sindical y vulnerar el derecho fundamental de los trabajadores a la protesta.
Ya son más de ochenta los expedientes abiertos en los servicios jurídicos de CCOO y UGT, y 260 los trabajadores que por ejercer su derecho a huelga están siendo procesados desde la Administración del Estado. Los sindicatos, con apoyo de los Colegios de Abogados y de la sociedad civil, están llevando a cabo una campaña de denuncia de lo que consideran una ofensiva penal para la criminalización de la acción sindical. En concreto, CCOO y UGT exigen la derogación del apartado tercero del artículo 315 del Código Penal, un punto cuya actual aplicación va en contra de su finalidad original: proteger el derecho a huelga.
El Secretario General de CCOO de Catalunya, Joan Carles Gallego, explica que la práctica más común en estos momentos por parte de la Fiscalía es imputar a quien, según ellos, ha coaccionado o dificultado el acceso al trabajo, pero “lo que no dicen es que, en realidad, se lo imputa por haber hecho huelga”. Los más de ochenta procedimientos abiertos en todo el Estado en los últimos cuatro años se basan en la aplicación del apartado tercero del artículo 315 del Código Penal, un punto que tiene como finalidad evitar la intimidación y coacciones de los que no quieren hacer huelga. En opinión de los sindicatos y de diversas entidades de juristas– como el Colegio de Abogados de Catalunya o la Asociación de Jueces para la Democracia– la interpretación de dicho apartado constituye un error de lectura de la ley por parte de la Justicia española. “La forma de interpretar y aplicar el delito de coacción a la huelga que se está consolidando en el seno de nuestra justicia penal constituye un ejemplo más, y muy grave, de esta resistencia (políticamente nada inocente, por supuesto) a hacer valer los derechos humanos. Tan grave como que, de no atajarse, podría acabar con buena parte del derecho a huelga y con otra condena más a España por violación de los derechos fundamentales en los organismos internacionales”, afirma José Manuel Paredes Castañón, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Oviedo, en su Informe sobre la represión penal del derecho a huelga publicado en septiembre de este año.
En teoría, el mencionado artículo del Código Penal está destinado a proteger la actividad sindical y a sancionar a quienes intenten vulnerarlo pero, en su último apartado, equipara las penas sancionadas para quienes se opongan a la huelga a aquellas establecidas para quienes sean acusados de coacción o incitación a llevarla adelante. “La Fiscalía le da la vuelta a una ley que está hecha para proteger el derecho a la huelga y el derecho a la información para poder hacerla, y la utiliza para proteger el derecho de quien no quiere protestar”, reclama Joan Carles Gallego. “Esta ley debería utilizarse para castigar a aquellos empresarios que impiden el ejercicio del derecho a huelga pero, por el contrario, se ha usado para castigar a quien quiere ejercerlo. Por eso pedimos que se derogue”, subraya el Secretario General de CCOO de Catalunya.
Sin embargo, la realidad es que, según advierten los responsables de la campaña #HUELGA no es delito, “mientras nos encontramos ante un número considerable de procedimientos abiertos contra sindicalistas y trabajadores que forman parte de los piquetes de huelga, y que se les acusa de intimidar y coaccionar, solicitándose decenas de años de prisión; por el contrario no encontramos casi imputados por violentar a aquellos que sí quieren ejercer el referido derecho a través de amenazas y despidos”.
El Secretario General de CCOO de Catalunya denuncia que el artículo, recuperado en 1995 de anteriores leyes franquistas, es una estrategia política para frenar las protesta social que se ha intensificado desde el inicio de la crisis. A raíz de la eclosión de manifestaciones de trabajadores en contra de las últimas medidas adoptadas por el gobierno del PP, como la reforma laboral y los recortes salariales del funcionariado, los tribunales han puesto en marcha a toda pastilla la aplicación del controvertido artículo. “En total, en las últimas huelgas ha habido 3 mil detenciones, a muchos chabales los han tenido meses en prisión preventiva a la espera de juicio sin prueba ninguna. La idea es inventar casos como estos para que la gente acabe teniendo miedo de participar en una protesta social”, advierte Joan Carles Gallego. “Es lo mismo que ocurre con la reforma de la Ley de seguridad ciudadana, necesitan que no haya protesta y lo están haciendo por la vía judicial”, añade.
En respuesta a esta ofensiva penal contra el derecho a huelga, CCOO y UGT encabezan la campaña “Huelga no es delito” con el objetivo principal de conseguir la derogación del apartado tercero del artículo 315, así comoque las causas que en el momento de entrada en vigor de esta modificación legal se encuentren en tramitación queden sobreseídas. Para ello, se están llevando a cabo acciones en dos direcciones: una hacia la internacionalización del conflicto y otra hacia la sensibilización fronteras adentro. “Tenemos mucho soporte de sindicatos de otros países y de las asociaciones internacionales de sindicatos, para poder ejercer presión internacional”, explica Gallego. “Llevamos una denuncia a la OIT (Organización Internacional de los Trabajadores), que la han admitido a trámite, y al Tribunal de Justicia Europeo, otra denuncia en base a la Carta Social Europea que protege el derecho a huelga, y también la están tramitando”, detalla el sindicalista catalán.
En cuanto a la sensibilización en nuestro país, CCOO y UGT en Catalunya han logrado implicar alColegio de Abogados de Barcelona (ICAB), que se ha sumado a la campaña #VAGAnoésdelicte (la huelga no es delito) y que, además, se ha plantado en contra del anteproyecto de Ley Orgánica de seguridad ciudadana, por considerarla también “un claro retroceso en los derechos y libertades reconocidos por el consenso constitucional de 1978”, según declararon en un debate celebrado en la Ciudad Condal en torno a este tema.
Joan Carles Gallego recalca, por otra parte, desde su lugar como Secretario General de CCOO en Catalunya, que la situación es igual de grave en todo el Estado. “En este terreno no hay diferencia entre España y nuestra comunidad– aclara– No hay que olvidar que la reforma laboral no solo obtuvo los votos de CIU sino que en el trámite parlamentario las enmiendas de Convergència empeoraron el texto inicial del PP”. Y, para finalizar, Gallego puntualiza: “los recortes a los derechos sindicales de los empleados públicos en Catalunya han sido mucho peores que en el resto de autonomías”. A modo de ejemplo, el líder de CCOO cita el caso de Panrico, en el que los trabajadores han denunciado que, mientras estaban en huelga, la empresa producía en una planta fuera de Catalunya y le suministraba el producto a los proveedores etiquetado como si se hubiera hecho allí mismo. “Hay más de cincuenta actas de infracción y les han puesto, a duras penas, una multa de 6 mil euros. No hay proporción con lo que le llueve a los trabajadores por participar en un piquete informativo”, reclama Gallego.