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De esta forma, el pleno ordinario del Parlament de Catalunya, previsto para el 19 de octubre, recogerá en lo que pudiera ser la primera ley de desconexión con el Estado español, una más que justa y ansiada reivindicación de las víctimas del franquismo que, como saben, tuvieron que recurrir a la justicia Argentina para ser escuchadas. El gobierno español no sólo no colaboró en la persecución de los delitos de lesa humanidad, si no que puso todo su aparato político y jurídico para torpedear el proceso, con la excusa de que eran delitos individuales y prescritos. Concretamente, la jueza María Servini de Cubría, en su día solicitó la extradición de varios de los imputados, contra los que pesaba órdenes de búsqueda y captura de la Interpol, para que declararan en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 1 de Buenos Aires. Las autoridades españoles negaron la extradición, vulnerando las normas internacionales que establecen que todos los Estados deben colaborar activamente en la persecución de imputados en crimines contra la humanidad, especialmente los cometidos en su territorio.

Ante esto, la citada jueza acaba de enviar exhortos al Ministerio de Justicia español para que, los Juzgados territoriales, tomen declaración indagatoria a 19 imputados por crímenes contra la humanidad durante la dictadura franquista. Entre los imputados a varios ministros franquistas, miembros de las fuerzas de seguridad del Estado y un médico. Se les imputa por homicidios, torturas y robo de bebés, en el contexto de una política generalizada y planificada de represión y exterminio de los oponentes políticos. La jueza Servini se desplazará, nuevamente, a España para estar presente en las declaraciones y, según el resultado de las mismas, la magistrada pedirá o no el procesamiento. Ahora sólo falta que los órganos jurisdiccionales cursen las citaciones a los imputados. Entre los 19 imputados de los que ahora se requiere declaración, 17 lo harán por primera vez, ya que en el caso del comisario Antonio González Pacheco, alias “Billy el niño”, y del excapitán de la Guardia Civil y golpista, Jesús Muñecas Aguilar, ya lo hicieron en la Audiencia Nacional, donde se negó su extradición, dando muestra del régimen de impunidad que impera en España, que ni se juzga ni se investiga estos crímenes.

Uno de los muchos déficit democráticos que tiene España es que el Tribunal Supremo se ha negado siempre a anular las sentencias dictadas en Consejos de Guerra y el Tribunal de Orden Público contra los demócratas, antifranquistas, republicanos, nacionalistas, sindicalistas, etc., que fueron juzgados ilegal e injustamente. Este hecho, resultado de los pactos de silencio e impunidad de las componendas vergonzantes de la Transición y de que, para qué engañarnos, que aún son muchos los franquistas y neofranquistas que pacen en las instituciones del Estado, en la judicatura, etc., viene a dar carta de naturaleza y validez a la represión franquista y a sus instituciones.

Por ello, los grupos políticos del Parlament, Junts pel Sí, Catalunya Sí Que Es Pot, y la CUP, plantean debatir y aprobar, la anulación completa de las sentencias políticas del franquismo. La llamada Ley de Reparación Jurídica de las Víctimas del Franquismo (1938-1975), de ser aprobada, sería de facto la primera ley de desconexión de Catalunya del Estado español. Porque rompería con el espacio y ordenamiento jurídico español y se arrogaría la competencia jurídica de anular consejos de guerra sumarísimos y sus correspondientes sentencias que llevaron a cabo por causas políticas las autoridades franquistas en Catalunya. Llegado el caso y si dicha propuesta de ley prosperara, le tocaría al Departamento de Justicia de la Generalitat, a petición de víctimas o sus familiares, el certificado de anulación de los procedimientos y sentencias. Literalmente la propuesta de ley recoge:

“Declarar nulos y sin ningún efecto jurídico todos los Consejos de Guerra sumarísimos y sus correspondientes sentencias, instruidas por causas políticas en Catalunya por el régimen franquista de acuerdo con el Bando de 28 de julio de 1936, el Decreto de 31 de agosto de 1936, el Decreto número 55 de 1 de noviembre de 1936, la Ley de 2 de marzo de 1943, la Ley de 18 de abril de 1947, el Decreto 1794/60, de 21 de septiembre, y el Decreto Ley 10/75, del 26 de agosto”.

Son varios ayuntamientos, con presencia de los grupos citados, que ya están aprobando mociones en apoyo de esta propuesta de ley, y muchas organizaciones sociales que le están dando su apoyo. En algunos ayuntamientos, el PSC, ICV, ERC y CDC, entre otros, se adhirieron a la moción o la propusieron. El PP y Cs sólo apoyan el primer punto, que es una condena formal del franquismo. Entre las asociaciones cívicas y ciudadanas están, entre otras:

Associació Pro-memòria als Immolats per la Llibertat a Catalunya, Associació de Víctimes de la Repressió Franquista a Tarragona (AVRFT), Associació Catalana d’Ex-presos polítics del Franquisme, Òmnium Cultural, Col·lectiu Republicà del Baix Llobregat, Associació per la Recuperació de la Memòria Històrica de Catalunya (ARMHC), Associació d’Antics Guerrillers d’Espanya a França, Associació de Memòria de Terrassa, Associació Ateos y Republicanos, Associació per la Recuperació de la Memòria Històrica de l’Exili Republicà (ARMHER), Plataforma pel Dret a Decidir, i Associació del Banc de l’ADN de familiars desapareguts de la Guerra Civil i Postguerra.

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