“Cuando los nazis vinieron a llevarse a los comunistas, guardé silencio, porque yo no era comunista,

Cuando encarcelaron a los socialdemócratas, guardé silencio, porque yo no era socialdemócrata,

Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas, no protesté, porque yo no era sindicalista,

Cuando vinieron a llevarse a los judíos, no protesté, porque yo no era judío,

Cuando vinieron a buscarme, no había nadie más que pudiera protestar”.

Bertolt Brecht

Ayer una caja de cartón volvió a arder de forma simbólica en una calle de Barcelona. Esta vez no fue ante el edificio de la Bolsa. Esta vez fue ante la sede del sindicato CGT, en plena Vía Layetana, vacía de tráfico. Esta vez nadie puede acusar a Laura Gómez de haberla encendido. Porque Laura sigue en prisión. Esta vez la caja no ardió para simbolizar la opresión del poder económico a las clases trabajadoras. Esta vez la caja ardió para simbolizar que Laura son todas las que piensan como ella, que Laura son todos sus compañeros. Esta vez la caja ardió para reclamar la puesta en libertad de Laura. Ayer 150 personas volvieron a incendiar una caja de cartón en la ciudad. Esta vez para demostrar que no tienen miedo.

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Laura Gómez fue detenida por su participación en las protestas de la Huelga General del 29 de marzo de este año. De la misma forma que  les sucedió a otros tres jóvenes manifestantes, fue llevada a disposición judicial, y la Jueza decretó prisión condicional sin fianza.

Laura está acusada de 6 delitos por, presuntamente, haber prendido fuego a una caja de cartón, en lo que pretendía ser una llamada de atención sobre el poder de los mercados sobre las personas. No ha sido juzgada todavía. Pero está en la cárcel como medida preventiva.

La Comisión de Defensa del colegio de Abogados de Barcelona, considera que la prisión preventiva en el caso de Laura, comporta una vulneración del principio jurídico de presunción de inocencia. La Comisión  manifiesta que, a su parecer, el órgano judicial está utilizando una medida que debe ser excepcional, como una herramienta de castigo y escarnio. Como una herramienta de casi condena sin juicio previo. Y lo que es más preocupante es que la medida se puede interpretar como un apoyo a las campañas de criminalización de los movimientos disidentes.

Para la Comisión de Defensa estas medidas judiciales, así como las propuestas legislativas en la misma línea, pretenden criminalizar la resistencia pacífica, justificar las lesiones a personas que están ejerciendo su derecho a manifestarse. Especialmente cuando existe un estado de sitio policial en Barcelona en base a futuros riesgos imaginarios, y cuando se da publicidad a imágenes de personas, en algunos casos menores, buscando la delación irresponsable. Por último, preocupa que estas políticas represivas contaminen el funcionamiento de la justicia, que debería ser independiente, y más aún cuando la apropiación de dinero público en cantidades desbordantes, recibe mejor trato que la participación en un acto de protesta.

Sobre este posicionamiento de la Comisión de Defensa pudimos conversar ayer  con su presidenta, la abogada Lluisa Domingo, en la rueda de prensa que la CGT había convocado por la mañana. También con Carlos Navarro, de CGT prensa de Barcelona, y con  la abogada de Laura, Sandra Puig García.

Mediante esta entrevista, pretendemos despejar algunas dudas sobre la situación legal de Laura Gómez y reflexionar sobre las consecuencias sociales de este tipo de detenciones:

¿Porqué detuvieron a Laura?

Sandra Puig [SP]: A Laura la detienen porque el director de la Bolsa de Barcelona pone una denuncia. Tras  mirar una serie de grabaciones,  Laura sale en una de ellas…

¿Qué tipo de Grabaciones?

SP: Son grabaciones de las cámaras de seguridad del propio edificio. Y también algunas de medios de comunicación

¿Cedidas por los medios?

altSP: No, son grabaciones que los medios han emitido y están, por ejemplo, en sus páginas web.  Entonces  inician una investigación vía policial, y a través de esas imágenes detectan que Laura estaba allí. Ven que llevaba una camiseta de la CGT, era obvio que pertenecía a  un sindicato. Por otro lado no llevaba la cara tapada, al contrario, estaba a cara descubierta y con símbolos de la CGT. Por tanto, la identificaron fácilmente. Esperaron unos días, y la detuvieron. Es decir, no se produjo la detención en el momento en que se estaba llevando a cabo el acto ante el edificio de la Bolsa, aunque era fácilmente identificable y la policía estaba presente y, sin embargo, no actuaron. No se sabe porqué, unos días después es cuando decidieron detenerla

Pero allí había mucha más gente ¿porqué ella?

SP: Yo entiendo que porque es representante de un sindicato…

Pero habían más representantes del sindicato ¿no? No estaba sola…

SP: No, allí en concreto, en las imágenes donde sale el acto simbólico que se produjo ante la puerta de la Bolsa, era Laura la que estaba, con la cara destapada. Y el resto estaban como un poco más apartados, por detrás. Ella, como representante, quiso llevar a cabo este acto simbólico…

Ella era como una representante del acto…

SP: Efectivamente. Entonces, unos días después la detuvieron en la puerta de su casa, la pasaron a disposición judicial, y la Jueza decretó la prisión sin fianza

¿Es la misma jueza que decretó la prisión para los tres estudiantes puestos en libertad la semana pasada?

SP: No, son juezas diferentes, pero el criterio es el mismo. Alguna cosa tendrán en común…

¿El acto en qué consistió, exactamente?

SP: Fue un acto simbólico que pretendía ser una queja visible sobre el problema que representa el poder económico en el tiempo que estamos viviendo. De lo que se le acusa, que por otro lado tendrán que probarlo porque hay que respetar siempre la presunción de inocencia, es de quemar una caja en la puerta  de la Bolsa de Barcelona

¿La acusan de quemar una caja de cartón?

SP: No. La acusan de un delito de incendio, un delito de daños,  un delito de coacciones, un delito contra los derechos de los trabajadores, un delito de desórdenes públicos, y… aun me dejo alguno, porque son seis delitos. Todo esto por un acto simbólico

Por un acto simbólico, un acto de protesta, un acto sindical… ¿Realmente hay garantías para los ciudadanos a nivel procesal?

SP: La garantía es poner un recurso pero, mientras tanto, Laura está en prisión

Pero para poder decretar una prisión condicional sin fianza, tiene que haber unas causas tasadas ¿no?

SP: Sí pero esas causas tasadas que, en principio, tendrían que ser iguales para todos, se interpretan en función de quién es quién

¿Y cuales son esas causas?

SP: Aquí la ley es muy clara: para que se pueda decretar una prisión condicional, y más aun sin fianza, es en primer lugar porque haya riesgo de fuga, y en este caso ese riesgo no existe. ¿Porqué? Porque Laura tiene un domicilio estable, un trabajo estable. Por tanto no es una decisión coherente. En segundo lugar que haya posibilidad de ocultar las fuentes de la prueba. En este caso los supuestos hechos ya se habían producido y no hay ninguna posibilidad de que ella pudiera ocultar pruebas. Y el tercer motivo sería posibilidad de reincidencia. En este último motivo la jueza utiliza unas denuncias que tuvo Laura con anterioridad, por  las que ya hubo un juicio, y se le declaró inocente. Se utiliza entonces, yo entiendo que vulnerando el principio de presunción de inocencia, unas denuncias por las que fue absuelta

¿Y estas denuncias anteriores eran por temas similares a éste?

SP: Fueron problemas que ella tuvo a nivel sindical, con otro sindicato, nada que ver con este tema. Y además no se pueden utilizar las denuncias de un ciudadano, como argumento para decretar una prisión. Y menos aún cuando ya ha habido un juicio y ha terminado en absolución

Entonces ¿cuál podría ser el objetivo de la prisión condicional a tu entender?

SP: Yo creo que han querido utilizar el caso como un ejemplo de lo que puede pasar en el caso de que alguien se queje de alguna forma más o menos contundente

Luisa Domingo [LD]: Aquí lo que se pretende es castigar la protesta ciudadana, para disuadir. Como cuando se abrió la web para posibilitar la identificación de los manifestantes, también vulnerando los principios de presunción de inocencia, para posibilitar la sanción de la protesta ciudadana. Como cuando se está pidiendo que se pongan penas más altas desde el gobierno para  entonces  poder justificar  todas estas medidas

Carlos Navarro [CN]: una cosa muy curiosa es que el día que se hacía pública esta web para la identificación de manifestantes, es el mismo día que se la detuvo. Nos encontramos en la misma comisaría los que estábamos fuera esperando a Laura, con los medios de comunicación que esperaban para la presentación de la web. Es una cosa muy curiosa que coincidiera todo. Que se tardara casi un mes en detenerla y que justo lo hagan este día. Nosotros en las coincidencias no creemos demasiado

¿Y qué creéis que puede pasar con Laura?

SP: Nosotros interpusimos un recurso de reforma. Sobre el recurso de reforma decide la misma jueza que decretó la prisión. Esta jueza ha  ratificado la medida, porque entiende que los requisitos que le hicieron decidir la prisión condicional no han cambiado. Esto fue la semana pasada. Entonces hemos interpuesto un recurso de apelación y ahora estamos  pendientes de que la audiencia provincial de Barcelona resuelva sobre si entiende ajustada o no la prisión provisional y la revoque, o bien, la ratifique. O ponga fianza, que también podría ser

LD: En principio el juez puede decidir, pero siempre que decide sobre alguna situación de prisión preventiva es, en primer lugar, porque el fiscal se lo pide. En este caso el fiscal –que es un órgano que, por decirlo de alguna manera, pertenece al gobierno- en este caso solicita prisión. En este caso y en todos los otros casos de detenciones del 29M. Entonces, corresponde al juzgado decidir si esta prisión la acuerda o no, en función de si se reúnen una serie de requisitos. A  veces, aunque estos requisitos no se reúnan, se fuerza mucho la interpretación de la ley para poder justificarlos. Y en este caso por eso se le acusa de una serie de delitos impresionante, de alguna forma para justificar esta situación.

Los chicos [los jóvenes detenidos también por el 29M] ahora están fuera porque la audiencia provincial de Barcelona ha resuelto favorablemente el recurso, que es el mismo que ahora está interpuesto para Laura. Es un tribunal superior que decide y, a veces, subsana los desaguisados de un juzgado inferior. Desde la Comisión de defensa no valoramos o interpretamos si esta chica ha cometido o no hechos delictivos. Para eso hay una investigación. Lo único que desde la Comisión de Defensa entendemos es que se ha vulnerado el principio de presunción de inocencia de esta chica, que no se dan los requisitos que la Ley establece para que puedan decretar esta prisión. Entre otras cosas, Laura tiene un arraigo aquí, tiene un trabajo, tiene una familia, no tiene antecedentes penales, y no hay por tanto ningún riesgo de que se vaya sin asumir sus responsabilidades. Tampoco el hecho de que ella esté en la calle obstaculiza  la investigación

¿Pero porqué no tiene una fianza?

LD: El hecho de la imposición de la fianza es porque decide el juez muchas veces en vez de dejar en libertad con fianza puede decidir dejar en libertad sin fianza, pero los cargos siguen bajo investigación de todas formas

Con todo esto, lo realmente importante es ¿cuándo creéis que saldrá Laura?

LD: Pues estamos a la espera de que la Audiencia Provincial resuelva. Lo que pasa es que la Audiencia tiene un tiempo para resolver, y todo este tiempo Laura está en la cárcel

CN: Desde la CGT pensamos que han hecho un prototipo dentro de una oficina, de una persona dando la imagen de que es violenta. Y este prototipo no se ajusta a Laura en lo más mínimo

¿Consideráis que Laura es una presa política?

SP: Yo creo que en estos momentos que estamos viviendo, sí

Pero esto no es propio de un país democrático, y además puede crear mucha inseguridad jurídica a los ciudadanos…

SP: Totalmente de acuerdo

LD: la comisión de Defensa reclamamos la puesta en libertad de Laura y denunciamos la interpretación que se hace de la prisión preventiva, que debe ser una medida excepcional que solo se podría decretar en determinadas ocasiones.

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