Constituir cualquier tipo de sociedad a veces resulta un proceso engorroso, con muchas trabas y despilfarro monetario, razón por la cual, las empresas dedicadas a la venta de sociedades limitadas ya constituidas, es el caso de Venta de Sociedades, han ido adquiriendo popularidad con el pasar del tiempo, sobre todo entre empresarios y emprendedores pospandemia, que no cuentan con muchos recursos monetarios, pero quieren poner su sociedad a andar cuanto antes.

En ese sentido, si necesitas sociedades urgentes en Barcelona, ya puedes respirar tranquilo y adquirir tu sociedad limitada ya constituida, sin invertir tiempo ni dinero, más que la venta misma de la empresa.

Si quieres conocer todos los beneficios y ventajas de adquirir estas sociedades ya constituidas, lee lo que tenemos para contarte a continuación.

¿Qué tipos de sociedades existen en España?

Existen diversos tipos de sociedades en el mundo, con lo cual, a la hora de querer constituir una empresa, lo principal es conocer la forma jurídica de esta, ya que existen diversos tipos de sociedades, además de la limitada, que son usadas frecuentemente en España.

  1. Sociedad Anónima. Se considera como el segundo tipo de sociedad más usada en España, se caracteriza porque el capital de la empresa se divide en acciones libremente transmisibles, así como por la gran cantidad de socios que pueden formar parte de ella. La responsabilidad de los socios se limita al capital aportado.
  2. Sociedad Colectiva. Se trata de un tipo de sociedad considerada como personalísima, ello en vista de que los socios desempeñan un papel importante en la sociedad, ya que no solo aportan capital a la empresa, sino que, además, trabajan y gestionan la empresa de manera directa. Responden de manera personal por las pérdidas de la empresa, con lo cual, se considera que la responsabilidad es ilimitada.
  3. Sociedad en Comandita. Es un tipo de sociedad muy semejante a la colectiva, con la única diferencia de que, en este tipo, cabe la posibilidad de que un determinado tipo de socio no tenga la obligación de encargarse de la gestión o funcionamiento de la empresa de manera directa. Así pues, existen dos tipos de socios en este tipo de empresa: los colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y que participan en la gestión de la empresa, y los socios comanditarios, que no participan en la gestión de la empresa y se limitan únicamente a su capital aportado. En ese sentido, existe una responsabilidad híbrida, con lo cual, nacen dos tipos de sociedades en comandita: en comandita simple y en comandita por acciones.

¿Qué es una sociedad limitada?

Visto lo anterior, existe un último tipo de sociedad, en la cual se enfoca el artículo de hoy, y es la sociedad limitada.

Así pues, la sociedad limitada es considerada el tipo de sociedad más usado en España desde tiempos remotos, y es que resulta la preferida por todos debido a que los empresarios no tienen la obligación de responder de forma personal, con su patrimonio, a las deudas de la empresa.

Es decir, que la responsabilidad se limita al capital aportado, con lo cual, es una forma acorde a los requerimientos habituales de una pyme y además, las necesidades de capital de este tipo de sociedad, son inferiores a las de una sociedad anónima.

Otra de sus características, la principal, es que la responsabilidad de los socios es limitada y porque el capital de la empresa está dividido en participaciones.

¿Cómo constituir una sociedad de cero?

A la hora de crear una sociedad de cero, lo principal es conocer la forma jurídica de la empresa, ya que existen diversos tipos de sociedades, como ya pudimos ver, con lo cual, después de elegir la naturaleza jurídica de la empresa, los siguientes pasos a seguir son los siguientes:

1. Dejar constancia en el Registro Mercantil a que haya lugar. Y es en este momento donde elegirás el nombre de tu empresa, sin que este nombre ya exista en el registro mercantil, ya que se considera ilegal.

2. Abrir una cuenta bancaria. Una vez hayas completado la constancia en el Registro Mercantil, deberás dirigirte a tu entidad bancaria más cercana para abrir una cuenta jurídica, con el nombre de tu empresa, donde será depositado la cantidad por concepto de capital social de la sociedad.

3. Firmar los estatutos. La redacción de los estatutos contiene información como:

3.1. Denominación de la sociedad.

3.2. Objeto social.

3.3. Domicilio social.

3.4. Capital social.

3.5. Forma de Administración.

3.6. Forma de deliberar y toma de decisiones por el órgano administrativo.

Es importante leer con atención la información que aquí se muestra, para evitar malos entendidos y asegurarte de que sepas todo lo necesario sobre tu nueva sociedad.

4. Pacto entre socios. En este pacto, se debe dejar constancia sobre los derechos y limitaciones de cada uno de los socios. Se trata de un acuerdo privado.

5. Conseguir el CIF de tu nueva empresa. En este punto, deberás entregar toda la información referente a tu empresa a un notario, el cual te facilitará el CIF de tu empresa, una vez hechas las observaciones pertinentes.

¿Cómo constituir una sociedad ya creada?

Si has leído lo anterior, es decir, los pasos a seguir para constituir una sociedad desde cero, entonces sabrás todos los pasos que puedes ahorrarte adquiriendo una sociedad ya creada.

Si esto es lo que prefieres, constituir una sociedad ya creada, el proceso es mucho más rápido y sencillo, ya que bastará con cambiar los datos de la sociedad ante la notaría.

Y es que una sociedad ya constituida tiene la misma validez que una de cero, con lo cual, a efectos legales y de beneficios, tienes en ambos casos los mismos derechos.

La principal diferencia entre una sociedad de cero y una ya constituida, es que mientras el proceso de gestión puede tardar un tiempo considerable al cual no siempre queremos someternos, adquiriendo una sociedad ya creada, nos enfrentamos a un proceso prácticamente inmediato, es decir que bastará con dar de alta en hacienda y comenzar a pagar la cuota de autónomo, porque incluso el CIF definitivo ya lo tienes, desde el primer momento.

Beneficios de adquirir una sociedad limitada ya constituida si quieres convertirte en empresario o emprender

Adquirir una sociedad limitada ya constituida es una práctica que ha ido ganando popularidad entre empresarios y emprendedores debido a su practicidad y rapidez, pero si aun así quieres conocer las ventajas de esta práctica, a continuación te contamos cada una de ellas:

  • Inversión inicial. Sabemos la obligación de desembolsar una inversión inicial a la hora de constituir una sociedad, por lo que una de las ventajas de adquirir una ya constituida es que no tendrás que hacerlo, ya que la inversión inicial ya fue efectuada y estás listo para comenzar, lo que se traduce en un ahorro importante, pues a veces resulta muy cuesta arriba para un emprendedor, el pagar dicha inversión o capital social.
  • ¡Sin esperas! La inversión inicial, creación de una cuenta bancaria y la elaboración de toda la documentación necesaria son puntos tediosos al momento de constituir cualquier tipo de sociedad, pero a la hora de adquirir una ya constituida, te olvidas de esto, pues al momento de comprarla, la cuenta bancaria pasa automáticamente a sus nuevos dueños, con lo cual, podrás realizar operaciones desde el primer momento.
  • El registro. Otro de los pasos a la hora de constituir una sociedad, es realizar el trámite respectivo ante el registro mercantil, pero adquiriendo una sociedad limitada ya constituida. Te ahorras tiempo y dinero, pues toda la documentación ya fue redactada y presentada anteriormente.
  • Legalidad asegurada. Este punto se trata de uno importante, el cual es tenido en cuenta en la mayoría de los casos, y es que siempre hay errores de tipeo, de datos y hasta de denominación en la redacción de los documentos, con lo cual, se pone en duda la legalidad de la documentación y hasta de la sociedad misma. Adquiriendo una sociedad ya constituida, esto no es un problema, ya que la legalidad fue asegurada anteriormente, de lo contrario, no se habría podido constituir la sociedad en primer lugar y ante registro y notaría.

Este artículo ha sido redactado y/o validado por el equipo de redacción de Revista Rambla.

Comparte:

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

This site uses Akismet to reduce spam. Learn how your comment data is processed.